El 10 de septiembre ingresó una nueva petición de destitución de Daniel Leiva, vocal de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. A diferencia de otros planteos individuales o de grupos reducidos, los abogados Analía Domínguez y Facundo Toscano se acreditaron como representantes de 436 estudiantes y ciudadanos comunes. El pedido dice que quedó comprobado el mal desempeño del vocal tanto por los hechos y los audios de la denuncia del juez Enrique Pedicone como por la reacción de enrostrarle a su denunciante la liberación indebida de 104 presos. Según el conteo que lleva LA GACETA, Pedicone (con licencia) y Leiva están empatados en cuanto a peticiones de expulsión dirigidas a la comisión de Juicio Político de la Legislatura: ambos acumulan cuatro (ver por separado).
Domínguez y Toscano adjuntaron la nómina de 436 firmas en un archivo aparte, y dijeron a la Legislatura que, con motivo de la pandemia y por el hecho de que había alumnos residentes en otras provincias, habían tomado la precaución de armar fichas con los datos personales para que pudiesen constatar las identidades. Los abogados manifestaron que no iban a detenerse en la acusación de Pedicone en razón de “su notoriedad”, y del obvio menoscabo y deterioro de la imagen de la Justicia de Tucumán que implicaba este “atentado” contra el sistema republicano de gobierno. El 1 de septiembre, Pedicone denunció que Leiva le habría pedido, con invocación del nombre del gobernador Juan Manzur y del vicegobernador Osvaldo Jaldo, que “manejara las intensidades” de la causa contra el legislador Ricardo Bussi (Fuerza Republicana), quien afronta una acusación por supuesto abuso sexual e irregularidades con cuentas bancarias. La imputación está en manos de la fiscala Mariana Rivadeneira, quien debe resolver una solicitud del denunciante para que la investigación acoja principios de oralidad y de transparencia.
La impugnación colectiva contra Leiva se centró en la reacción del vocal, quien a posteriori consideró que los hechos y las grabaciones de las conversaciones eran falsos, y manifestó que Pedicone había liberado “contra el orden jurídico” presos con preventiva en 104 causas. Esta declaración llevó a autoridades de la Legislatura a solicitar el detalle de casos a la presidenta de la Corte, Claudia Sbdar (había una copia para Leiva), con fundamento en la Resolución 45/20 del 11 de junio que atañe a un pedido de datos sobre las excarcelaciones dictadas entre marzo y julio de este año, es decir, en la fase más estricta de la cuarentena. A continuación, el Poder Legislativo que preside Osvaldo Jaldo publicitó la nómina firmada por el vocal denunciado.
“Leiva debe ser destituido en la inteligencia de que resulta palmario su interés de entorpecer el curso de los hechos y de no colaborar con la Justicia”, observaron Toscano y Domínguez, siempre en representación de los 436 firmantes. Los abogados atacaron la lista de causas falladas por Pedicone que el vocal remitió a la Legislatura y que la Cámara publicitó el 6 de septiembre. “Esta nómina incluye las carátulas y los números de expedientes de personas procesadas, lo que afecta no sólo el debido proceso y la presunción de inocencia, sino también el derecho a la intimidad y su deber de imparcialidad”, agregaron. Y especificaron que el fundamento no podía ser la Resolución 45/20 emitida tres meses antes de la denuncia de Pedicone (luego trascendió que en julio, Sbdar contestó a los legisladores que había habido 235 liberaciones durante la cuarentena).
La presentación subraya que “el accionar tendencioso del denunciado” había quedado a la vista puesto que era él mismo quien había informado al Poder Legislativo sobre los 104 supuestos casos “de asesinos, violadores, ladrones y violentos” favorecidos por Pedicone, y no la presidenta de la Corte. “Un dato más tiñe el desempeño del magistrado, que como tal debería ser ‘garante celoso de la Constitución’, y es que, con un total desconocimiento del bloque constitucional de derechos humanos, lo que generará seguramente responsabilidad internacional, emitió opinión en la prensa respecto de personas procesadas a las que condenó sin juicio previo”, cuestionaron los firmantes.
El pedido de destitución atribuye a Leiva, además, el haber creado un estado de “inseguridad jurídica”. “Conocido es que ningún juez puede ser expulsado por el contenido de sus sentencias”, objetaron Domínguez y Toscano. “El accionar de Leiva, justamente por el cargo que ejerce, produjo manifiestamente graves e irreparables daños a los valores que la Constitución busca salvaguardar cuando atribuye y distribuye las competencias de los funcionarios públicos, y las garantías y derechos de las partes del debido proceso”, expresaron. Según los letrados y sus 436 representados, Leiva había incurrido en casos comprobados de mala conducta, además de diversas situaciones de indignidad e incapacidad incompatibles con el desempeño de la función pública.